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La renta vitalicia es una modalidad de pensión por medio de la cual un beneficiario recibe un monto mensual por todo el tiempo que dure su vida. Este monto se ajusta anualmente con base en el Índice de Precios del Consumidor (IPC), o con el incremento legal del salario mínimo dependiendo del caso. Esta modalidad es ofrecida por las compañías de seguros y se viene consolidando en el país ya hace más de una década.
La otra opción de retiro es la ofrecida por los Fondos de Pensiones: el retiro programado. En esta modalidad, el Fondo se encarga de administrar los recursos e ir pagando mesadas de acuerdo a los retornos que se obtengan sobre el valor de los recursos que el pensionado logró acumular en su vida laboral. En caso que los rendimientos no sean los esperados la pensión es susceptible de disminuir. De otra parte, si el pensionado fallece, los recursos con que aún se cuente entran a ser parte de la masa sucesoral del pensionado.
En otras palabras, la renta vitalicia es un traslado del riesgo financiero y de longevidad por parte de un particular a una compañía aseguradora, por lo tanto, es una forma de garantizar cierto nivel de ingresos para toda la vida, pues se protege el ahorro de los vaivenes del mercado de valores y de la posibilidad de vivir más allá de la capacidad de los recursos financieros que se lograron acumular durante la etapa productiva de las personas. Por su parte, en el retiro programado dichos riesgos se mantienen del lado del pensionado, quien en contraprestación se puede beneficiar, en caso de que los retornos financieros sobre su capital le sean favorables, con una mayor mesada.
En esa medida, no se puede hablar de que una modalidad sea más conveniente que la otra para todos los casos, cada persona tiene unas condiciones particulares y por esta razón se debería analizar cada situación. Sin embargo, la decisión sobre la opción de modalidad de pensión más apropiada va a depender en gran medida de la aversión al riesgo de la persona que decide pensionarse y de lo que se espere como comportamiento de los mercados financieros de cara al futuro.
Las rentas vitalicias están diseñadas para aquellas personas que por su perfil de riesgo prefieren un ingreso garantizado con incrementos atados al índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Dane, lo cual mantiene el poder adquisitivo de la mesada y dado su carácter vitalicio protege al asegurado de vivir más años de los esperados. En resumen, esta modalidad, ofrecida por las compañías aseguradoras, protege a quien la adquiere del riesgo financiero de invertir su ahorro pensional y del riesgo de superar su expectativa de vida y el consecuente agotamiento de sus recursos.
Prepare su retiro
Para que una persona prepare su retiro, la Ley estipula que se podrá pensionar quien haya acumulado por lo menos el capital necesario para financiar una mesada equivalente al 110% de un salario mínimo mensual vigente. Esto último dependerá de la edad del pensionado y de los parámetros de tarifación que se utilicen en el cálculo del capital necesario. El cálculo inicial, tanto para las rentas vitalicias como para el retiro programado, deberá arrojar valores muy cercanos para la misma persona. Sin embargo, la diferencia entre las dos modalidades puede comenzar a fluctuar a medida que cambien los parámetros que se tuvieron en cuenta en el cálculo, especialmente bajo la modalidad de retiro programado. Autor: Christian Mora, Subdirector de la Cámara Técnica de Seguridad Social de Fasecolda
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