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Preguntas Frecuentes del seguro de las cobertura de Incendio, Terremoto y Lucro Cesante

¿Qué es el seguro de incendio?

¿Qué es el seguro de terremoto?

¿Qué es la cobertura de lucro cesante?


¿Por qué debo tener un seguro contra Incendio?

¿Por qué debo tener un seguro contra terremoto?

¿Por qué debo tener una cobertura de lucro cesante?

¿Qué es un anexo de la póliza de incendio?

¿Qué es infraseguro?

¿Qué es supraseguro?

¿Qué es el deducible?

¿Qué es un ajustador y qué hace?

¿Dónde puedo conseguir un seguro de Incendio y/o Terremoto?

¿Puedo conseguir un seguro de terremoto sin comprar un seguro de incendio?

¿De qué depende el costo de la póliza de Incendio y/o Terremoto?

Hice cambios en mi vivienda ¿Debo informar a mi compañía de seguros? ¿Por qué?


¿Qué es un seguro de Incendio?

Es una cobertura que protege al asegurado contra los perjuicios que pueda sufrir en bienes inmuebles de su propiedad (o sobre los que tenga un interés asegurable legítimo), por la ocurrencia accidental de un incendio. Las coberturas de incendio son obligatorias para los deudores hipotecarios y para los bienes comunes sometidos al régimen de propiedad horizontal.

Usualmente las compañías de seguros ofrecen una serie de anexos a la cobertura de incendio como terremoto, lucro cesante, anegación, daños por agua, erupción volcánica, caída de aeronaves, vientos huracanados, etc. Estas coberturas complementan la protección que un asegurado puede tener en relación con los bienes inmuebles de su propiedad.

 

¿Qué es el seguro de Terremoto?

Es una cobertura que protege al asegurado contra los perjuicios que pueda sufrir en los bienes inmuebles de su propiedad por la ocurrencia de un sismo. La cobertura de terremoto es obligatoria para los deudores hipotecarios y para los bienes comunes sometidos al régimen de propiedad horizontal.


¿Qué es la cobertura de Lucro Cesante?


Es una cobertura que protege al asegurado de las pérdidas que genera la interrupción de un negocio o actividad. Esta cobertura es de especial importancia para las PYME (Pequeña y Mediana Empresa) o aquellas personas que devengan sus ingresos de un negocio, cualquiera que sea la naturaleza del mismo.

Esta cobertura pretende reemplazar las utilidades que el asegurado dejó de percibir por la interrupción de su negocio, a causa del o los eventos mencionados en la póliza.


¿Por qué debo tener un seguro contra Incendio?

El seguro contra incendio lo protege por las pérdidas parciales o totales que puede sufrir cuando su patrimonio, representado por su(s) inmueble(s) resulta afectado por un incendio accidental.

Los incendios accidentales son más frecuentes de lo que parece, los mismos pueden originarse en dentro de su hogar o por fuera del mismo.


¿Por qué debo tener un seguro contra terremoto?

Colombia es un país particular desde el punto de vista sísmico, debido a que confluyen en el territorio nacional tres placas tectónicas: La placa Nazca, la Placa de Cocos y la Placa Suramericana.

Esta situación hace que el país presente una amenaza sísmica de consideración en sus principales ciudades, especialmente aquellas localizadas en el centro y occidente de la nación.

Terremotos como los de Popayán en 1983, Armenia en 1999 y Cali en 2004 son evidencia reciente de la acción sísmica en el país.

 

¿Por qué debo tener un seguro de lucro cesante?

Si usted es un empresario es importante que tenga un seguro de lucro cesante. La razón es que no basta con tener aseguradas las instalaciones de un empresa. Cuando ocurre un evento, generalmente se genera una interrupción en los ingresos de la misma. El lucro cesante pretende reemplazar la utilidad que generan en estos ingresos, de manera que el asegurado no incurra en pérdidas mayores por la ocurrencia de un siniestro.

 

¿Qué es un anexo de la póliza de incendio?

En el sector asegurador, la póliza de Incendio cuenta con una serie de anexos, que son coberturas adicionales complementarias. Estas coberturas protegen al asegurado contra otro tipo de riesgos que pueden afectar las instalaciones físicas de una vivienda o una empresa.

Entre estas coberturas están anegación, daños por agua, erupción volcánica, caída de aeronaves, vientos huracanados, etc.  Estas coberturas o anexos a la póliza básica de incendio pueden ser escogidas a voluntad por el asegurado, debido a que las mismas tienen asociado un costo. En términos generales, las compañías de seguros venden “paquetes” de cobertura que cubren diversos eventos.

 

¿Qué es infraseguro?

Es la situación que se presenta cuando el valor de la suma asegurada es menor al valor real de los bienes cubiertos. Esto normalmente las aseguradoras lo tratan de evitar pidiendo en sus pólizas que el valor declarado debe ser igual al valor real de los bienes asegurados o declarando explícitamente en la póliza que el valor asegurado es menor que el valor real del bien, lo que se conoce como “primera pérdida”.

Cuando se presenta infraseguro, en el caso de presentarse una indemnización, la compañía de seguros tiene la facultad de pagar a prorrata de acuerdo con la proporción entre el valor asegurado y el valor real del bien asegurado.

Por ejemplo, si el valor real del bien es de $100 y el valor asegurado fue de $50, se genera un infraseguro del 50%

Por lo tanto si se presentará una indemnización por pérdida total, la compañía de seguros está en la facultad de pagar a prorrata entre el valor asegurado y el valor real del bien asegurado, es decir $25

0,5 x $50= $25.

Por este motivo, NO es recomendable que su póliza de incendio y terremoto presente infraseguro.


 

¿Qué es supraseguro?

Es cuando el valor de los bienes asegurados es mayor al valor asegurado. Las aseguradoras niegan el pago de las cantidades que exceden la suma asegurada contratada ya que en ningún caso tuvieron conocimiento de que el valor asegurado era inferior y no cobraron la prima justa ni crearon reservas para hacerle frente a una cantidad mayor.

Los supraseguros pueden ser inocentes. En este caso, el tomador de la póliza actuó de buena fe y la aseguradora puede pagar hasta el valor real del bien.

Existe también el supraseguro doloso, es decir, aquel que se comete con el propósito de defraudar a la compañía de seguros. En este caso, si se comprueba el dolo, la compañía de seguros objeta el pago del siniestro, no devuelve la prima pagada por el asegurado e inicia un proceso judicial al asegurado por estafa. Tratar de defraudar a una compañía de seguros puede enviarlo a la cárcel.

 

¿Qué es el deducible?

Es la cantidad de la pérdida que asume el asegurado en caso de un reclamación o siniestro. Esta cantidad puede ser un valor fijo, un porcentaje de la pérdida o un porcentaje del valor asegurado.

 

¿Qué es un ajustador y qué hace?

Es un profesional independiente que estima y evalúa el monto de los daños en un siniestro asegurado. Investiga adicionalmente las posibles causas de la pérdida con el objeto de informar a la aseguradora para que indemnice a los beneficiarios de la póliza.

 

¿Dónde puedo conseguir un seguro de Incendio y/o Terremoto?

Las pólizas de incendio y terremoto sólo pueden ser expedidas por las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Varias compañías de seguros utilizan a los intermediarios de seguros. Los intermediarios pueden ser corredores, agencias o agentes de seguros.


Haga clic aquí para conocer el listado de las compañías aseguradoras autorizadas por la Superintendencia Financiera para operar como tal en el país.

 

¿Puedo conseguir un seguro de terremoto sin comprar un seguro de incendio?

Es posible. Sin embargo es generalizado en la industria aseguradora que terremoto sea un anexo de la póliza de incendio.

 

¿De qué depende el costo de la póliza de Incendio y/o Terremoto?

Existen una diversidad de variables que determinan el costo de un seguro de Incendio y Terremoto (con sus respectivos anexos) entre ellos están:

  1. El valor asegurado del inmueble.
  2. La ubicación del bien.
  3. El uso del bien. (vivienda, oficina, comercio, bodega, industria, etc.)
  4. El material de construcción del bien (concreto, mampostería, madera, acero, etc.)
  5. La fecha de construcción del bien (si fue construido bajo normativa sismo resistente)
  6. Vecindad del bien (edificios que puedan golpear el inmueble en caso de sismo, estaciones de gasolina, puentes, etc.)

El asegurado puede tomar determinaciones que favorecen la disminución del valor de la prima. Entre ellas están la colocación de extintores, planes de emergencia, evacuación, tratamiento de emergencias, etc. Depende del tipo de bien a asegurar.

 

Hice cambios en mi vivienda ¿Debo informar a mi compañía de seguros? ¿Por qué?

Si. Si usted hace cambios en su vivienda, implica que el valor asegurado de su inmueble puede cambiar. Si no informa a la aseguradora sobre estos cambios y su valor, se puede configurar un infraseguro (ver infraseguro).  Como se explicó anteriormente, el infraseguro NO es conveniente para el asegurado.

 

FASECOLDA Federación de Aseguradores Colombianos
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