Portar el kit de carretera es un requisito obligatorio para los conductores en el país. El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), en su artículo 30, determina que las personas que olviden viajar sin sus implementos podrían atenerse a una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
El kit de carretera abarca artículos de prevención y seguridad que sirven para actuar de manera oportuna e inmediata ante cualquier eventualidad técnica o física que se presente durante un desplazamiento por carretera, ya sea una detención en la vía por una varada, un accidente vial, una llanta pinchada.
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