Vida y Personas

Preguntas frecuentes

En esta sección encontrarás respuestas a las dudas más comunes que surgen al contratar o gestionar un seguro.

Es un contrato entre una persona y una aseguradora, mediante el cual esta última se compromete a pagar una suma de dinero a los beneficiarios si ocurre el fallecimiento del asegurado o, en algunos casos, su invalidez o supervivencia.

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Cualquier persona mayor de edad con capacidad legal. También lo puede contratar una empresa para sus empleados (seguro de vida grupo).

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Los beneficiarios pueden ser familiares, amigos o cualquier persona o entidad que el tomador decida, siempre que exista interés asegurable.

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  • Individual: para una sola persona.

  • Grupo: contratado por empresas para sus trabajadores.

  • Temporal: cubre por un tiempo específico.

  • Permanente: dura toda la vida.

  • Con ahorro (dotal o mixto): combina protección y ahorro.
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Generalmente, cubre fallecimiento e invalidez. Puede incluir coberturas adicionales como enfermedades graves, renta por hospitalización, gastos funerarios, entre otros.

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Cuando el siniestro está excluido en la póliza (por ejemplo: suicidio en el primer año, actos ilícitos, guerra, etc.), o si hubo reticencia o fraude al momento de contratar.

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Es omitir o falsear información relevante sobre el estado de salud al contratar el seguro. Puede causar la nulidad del contrato.

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Depende de la edad, estado de salud, tipo de cobertura, suma asegurada y duración del seguro.

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Sí, salvo que el beneficiario haya sido designado como irrevocable. En ese caso, se requiere su consentimiento.

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Puede perderse la cobertura. Algunas pólizas tienen un periodo de gracia o permiten reactivación, pero puede haber condiciones.

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Sí. Una persona puede tener varios seguros con diferentes aseguradoras.

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En general, la indemnización por fallecimiento no está sujeta al impuesto de renta en Colombia, pero pueden aplicar condiciones en caso de ahorro o rentabilidad.

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Certificado de defunción del asegurado, documento de identidad del beneficiario y los requisitos específicos definidos en la póliza.

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La aseguradora debe pagar dentro de los 30 días siguientes a la recepción completa de los documentos requeridos.

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Permiten acumular un valor que se puede usar como respaldo, retiro parcial o préstamo.

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