¿Qué seguros protegen su vivienda ante un terremoto? Fasecolda explica

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Bogotá. Ante las afectaciones ocasionadas por el sismo registrado el pasado 10 de agosto, la Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, entrega información para que las personas puedan identificar qué seguros protegen sus viviendas y qué deben hacer para reportar los daños.

 

Lo que usted debe saber. ¡Ojo! No se deje confundir

 

  1. Lo más importante es la vida, proteja su integridad y la de su familia. Las compañías de seguro están prestas para apoyarlo y atenderlo en el momento en que usted lo necesite.

 

  1. Las personas tienen hasta dos a cinco años a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro para presentar su reclamación ante la aseguradora. Esto lo contempla el art.1081 del Código de Comercio. Es conveniente que presenten un primer aviso a la compañía de seguros para que esta les pueda ayudar a mitigar el daño y orientarlas en las acciones que deben tomar para hacer la respectiva reclamación.

 

“ARTÍCULO 1081. <PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES>. La prescripción de las acciones que se derivan del contrato de seguro o de las disposiciones que lo rigen podrá ser ordinaria o extraordinaria.

La prescripción ordinaria será de dos años y empezará a correr desde el momento en que el interesado haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que da base a la acción.

La prescripción extraordinaria será de cinco años, correrá contra toda clase de personas y empezará a contarse desde el momento en que nace el respectivo derecho. Estos términos no pueden ser modificados por las partes”.

 

  1. Las compañías de seguros y reaseguros cuentan con la solidez técnica y financiera necesaria para responder por las obligaciones derivadas de este tipo de eventos. El sector dispone de reservas suficientes, mecanismos de reaseguro y niveles de solvencia adecuados todo dentro de un marco de regulación y supervisión que respaldan la atención de las reclamaciones de los asegurados.

 

  1. Trabajamos de la mano con la UNGRD (Unidad Nacional de Riesgos de Desastres) entregando información y poniendo a su disposición nuestro sistema de Georeferenciación e identificando los riesgos que podrá atender la industria aseguradora para que el Gobierno Nacional se concentre en la comunidad que no tiene estas coberturas.

 

  1. Todas las compañías de seguro han activado sus protocolos de atención para atender a sus asegurados, encuentre la información de contactos en fasecolda.com

 

  1. Otros seguros que también pueden brindar protección: además de los seguros relacionados con las edificaciones, un terremoto puede activar otras protecciones, dependiendo de las afectaciones sufridas y de las coberturas contratadas.

Entre ellas se encuentran los seguros de vida, salud, Riesgos Laborales y exequiales, así como pólizas que protegen vehículos, contenidos de la vivienda, entre otros. En todos los casos, la recomendación es verificar las condiciones de la póliza y comunicarse directamente con la compañía aseguradora para recibir orientación.

 

En el caso de las edificaciones, existen diferentes seguros que pueden brindar protección frente a estos eventos. Por eso, el primer paso es identificar cuál de ellos tiene contratado y comunicarse con la aseguradora correspondiente.

 

Lea el comunicado completo aquí

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